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¿A cuánto aumenta el monotributo?

 

 

El Gobierno informó esta semana las nuevas escalas para el Monotributo a partir de 2023: la tabla comenzará a correr a partir del mes entrante, y en base a ésta se realizará la próxima recategorización entre el 1° y el 20 de enero.

 

La actualización implica un aumento del 33,58% en el techo de cada una de las categorías y de los ingresos máximos para acceder y mantenerse en el régimen. Un índice que no se actualizaba desde julio 2022 y que, en general, se mantuvo por debajo de la inflación anual.

Por su parte, los valores a aportar mes a mes subirán entre un 72,48% y un 102,14% dependiendo de la categoría a la que se pertenece y las obligaciones a cumplir. Cabe resaltar que estos montos no se actualizaban desde hace un año.

 

MONOTRIBUTO 2023 AFIP: LOS NUEVOS TOPES DE CADA CATEGORÍA

A partir de enero 2023, los nuevos topes anuales de cada una de las categorías en base a los ingresos brutos serán:

 

Categoría A: de los $ 748.382 actuales a $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.

Categoría B: de los $ 1.112.459 actuales a $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.

Categoría C: de los $ 1.557.443 actuales a $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.

Categoría D: de los $ 1.934.273,04 actuales a $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.

Categoría E: de los $ 2.277.684 actuales a $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.

Categoría F: de los $ 2.847.105 actuales a $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.

Categoría G:  de los $ 3.416.526 actuales a $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.

Categoría H: de los $ 4.229.985 actuales a $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.

Categoría I: de los $ 4.734.330 actuales a $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes

Categoría J: de los $ 5.425.770 actuales a $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.

Categoría K: de los $ 6.019.594 actuales a $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.

 

El Gobierno informó esta semana las nuevas escalas para el Monotributo a partir del 2023.

 

De esta forma, los ingresos máximos para permanecer en el Régimen Simplificado del Monotributo serán de hasta $ 5,6 millones anuales para los servicios -hasta categoría H- y de hasta $ 8 millones anuales para la venta de cosas muebles, hasta la categoría K.

 

De forma anual, entre enero 2022 y enero 2023 los topes máximos de facturación del Monotributo presentan entonces una suba del 114% en las categorías A, B y C, del 93,4% en la D y del 72,47% en las E, F, G, H, I, J y K.

 

Esta diferencia se debe al reajuste que las cuotas del monotributo sufrieron en julio de este año con un 60,5% para las tres categorías más bajas, un 44,8% para la D y un 29,12% en las restantes.

 

Pese al reajuste informado por AFIP este jueves, las categorías más altas del Monotributo observaron aumentos por debajo de la inflación anual en 2022. Esto implica que algunos contribuyentes pueden llegar a quedarse fuera del Régimen Simplificado en caso de que sus ingresos se hayan mantenido o hayan superado la suba de precios, aunque con el mismo poder adquisitivo.

 

Ahora, la recategorización que se realiza año a año comenzará a correr desde el inicio de enero y hasta el 20 del mismo mes, en base a las nuevas tablas que definirán el cambio de categoría o no.

 

MONOTRIBUTO 2023 AFIP: CON LOS NUEVOS IMPORTES, ¿EN CUÁNTO QUEDA CADA CUOTA MENSUAL?

Por su parte, los aportes de cada una de las categorías también aumentarán entre un 72,48% y un 102,14%, dependiendo de la categoría. Los nuevos valores de las cuotas mensuales serán los siguientes:

 

Categoría A

Impuesto integrado: $ 496,85

Aporte previsional: $ 2192,15

Obra social: $ 3061,75.

Total: $ 5750,75.

 

Categoría B

Impuesto integrado: $ 957,27

Aporte previsional: $ 2411,36

Obra social: $ 3061,75.

Total: $ 6430,38.

Cabe resaltar que los contribuyentes de las primeras dos categorías suelen tener una amplia serie de exenciones. En este caso, estarán exentos del pago del impuesto integrado -$ 496 o $ 957 por mes- los monotributistas de las categorías A y B que no obtengan ingresos por:

 

Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.

Dirección, administración o conducción de sociedades.

Locación de bienes muebles o inmuebles.

Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades.

 

La recategorización que se realiza año a año comenzará a correr desde el inicio de enero y hasta el 20 del mismo mes.

 

En contraste, no pagarán los aportes previsionales y por obra social los contribuyentes de las dos categorías más bajas que:

 

Se encuentran obligados por otros regímenes previsionales (por ejemplo, en relación de dependencia)

Los menores de 18 años.

Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.

Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.

Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/199

Categoría C

Impuesto integrado para servicios: $ 1636,83

Impuesto integrado para comercio: $ 1512,56

Aporte previsional: $ 2652,52

Obra social: $ 3061,75.

Total servicios: $ 7351,10

Total comercios: $ 7226,83

Categoría D

Impuesto integrado para servicios: $ 2689,05

Impuesto integrado para comercio: $ 2484,46

Aporte previsional: $ 2917,75

Obra social: $ 3638,26

Total servicios: $ 9245,06

Total comercios: $ 9040,47

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