Importantes cambios en el Monotributo
La reciente publicación de la Resolución General de la AFIP 5003/2021 reglamenta lo que se denominó “Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes”. Su principal característica es que genera un puente que resulta ser una especie de transición aliviada del Monotributo al Régimen General de IVA y Ganancias.
Asimismo, la norma prevé la actualización del 35,3% de los parámetros establecidos en el 2020 del monotributo, aplicando de manera retroactiva al 1/1/2021. Esto implica que se amplían los topes de facturación anual resultando el máximo de la categoría de servicios en $2.353.705,82 y para la venta de cosas muebles en $3.530.558,74. Del mismo modo, se incrementan los importes de la cuota mensual a pagar de cada categoría, también desde enero, resultando diferencias a pagar en caso de corresponder de acuerdo a la categoría encuadrada por cada contribuyente. En caso de surgir diferencias AFIP informó que las mismas se podrán financiar en hasta 20 cuotas.
Otro de los cambios importantes es que a partir del 1/7/2021 los responsables inscriptos deberán realizar, a los monotributistas, facturas A con IVA discriminado. Esto servirá en el caso de que se dé el paso al régimen general.
Pueden ver los nuevos parámetros de monotributo, ingresando en el siguiente vínculo; https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp
(Estudio contable – Arzú – Gómez)
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